martes, 16 de octubre de 2012

Pareja gay demanda a Club Campestre de Chihuahua por discriminación


CHIHUAHUA, Chih. (apro).- El matrimonio conformado por la abogada Carla María Herrera Guerrero y Lilia Victoria Aun Caraveo interpuso ante el Centro de Justicia para las Mujeres de la Fiscalía General del Estado (FGE) una demanda contra el Club Campestre de Chihuahua por discriminación.

Desde agosto de 2011, Carla Herrera solicitó al club la inscripción de su cónyuge y, tras varios intentos, en la última solicitud le sugirieron que inscribiera a su pareja como su sirvienta para que le pudieran permitir el acceso.Otra alternativa era pagar dos mensualidades hasta que Lilia Aun cumpliera 30 años.

En marzo pasado, la empresaria presentó nuevamente su propuesta para inscribir a su esposa en el club y un mes después se la negaron, motivo por el cual presentó una denuncia ante la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Discriminación (Conapred). El 30 de julio siguiente el organismo resolvió a favor de la pareja. Con esa resolución, el Instituto Chihuahuense de la Mujer se involucró como mediadora entre el Club Campestre y Carla Herrera, pero no logró el acercamiento ni rectificación del club.Por ello, este lunes decidieron denunciar penalmente al club deportivo, en específico a Pedro Matías Godínez, Eugenio Vázquez Quintana, Manuel Russek Valles e Ismael Rodríguez Gallegos, presidente, vicepresidente, secretario y expresidente del Club Campestre, respectivamente.

La denuncia alcanzó también a los integrantes del Comité de Admisiones 2011 y alcanzará a quienes en una reunión o asamblea insistan en lo mismo. Según los abogados de la pareja, de no haber una conciliación, los inculpados pueden alcanzar una sentencia de tres a seis meses de prisión.Karla Michel Salas Ramírez, una de las abogadas de las denunciantes, señaló que también presentarán una demanda civil por daño moral. Consideró que el caso podría ser emblemático, debido a que en el país no hay una sentencia por el delito de discriminación, mismo que está contemplado en el artículo 197 del Código Penal del estado de Chihuahua.

Recordó que el año pasado se reformó la Constitución en su artículo 1 párrafo 5, donde se establece la discriminación por delitos sexuales. En ese sentido, sostuvo que las personas que dirigen el club han cometido discriminación y tendrán que responder ante la justicia penal. David Peña Rodríguez, también abogado de la pareja, indicó que la Conapred resolvió que se trata de un acto de homofobia que genera odio, lo que es preocupante porque –dijo– puede generar violencia al interior del propio club por la estigmatización. “El espíritu de Carla y Lilia con la directiva del club es de conciliación. Hay personas que han manifestado su solidaridad abiertamente con el caso, la negativa es sólo por un grupo de personas”, dijo.

Para Carla Herrera, su situación es un asunto “de la cultura de legalidad que se promueve en este estado”,Ojalá con este acto, agregó, “menos gente sea discriminada. Estuvimos esperando la respuesta del Club Campestre, pero no la hubo y por eso decidimos demandar”.Añadió:“A mí me mueve mi familia. No les puedo decir a mis hijos que somos familia adentro de la casa y fuera no. Habrá que preguntarle a los que están en contra, qué les mueve. El problema no es un asunto de opinión, sino de derecho. Yo pienso en el futuro de mis hijos, me gusta pensar a largo plazo y quiero que ellos tengan acceso a todo lo que yo he tenido acceso”.

Carla y Lilia contrajeron matrimonio hace menos de tres años en el Distrito Federal, por lo que su unión es válida en todo el país.
Yo decidí hace mucho mi vida en congruencia de quien soy. La orientación sexual no es opcional, pero sí es opcional qué haces con lo que eres. Es como ver o no ver, yo no decidí ser ciega, pero sí decido qué hago con lo que soy”, refirió la abogada.

Fuente: Proceso.com.mx

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