jueves, 30 de enero de 2014

La SCJN otorga mismos derechos a viudos de parejas gay

La resolución abre la puerta para que las parejas bajo la figura ISSSTE soliciten los mismos derechos.

CIUDAD DE MÉXICO (29/ENE/2014).- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las personas que queden viudas al estar casadas con otra del mismo sexo, podrán reclamar los mismos beneficios y prestaciones que otorga la ley a matrimonios heterosexuales inscritos en el régimen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).


La resolución también abrió la puerta para que las parejas que se encuentren en la misma situación, pero bajo la figura ISSSTE, soliciten los mismos derechos.


La sentencia derivó de un amparo que otorgó la Sala a José Alberto Gómez Barroso, quien intentó afiliar a su cónyuge al IMSS en el estado de Puebla, pero durante el juicio el quejoso falleció.

Al haber muerto el derechohabiente, el juez federal que conoció del amparo decidió sobreseer la demanda de garantías, porque dijo que ya había dejado de existir la materia del juicio, al fallecer el afiliado.

El ministro Fernando Franco González Salas declaró que debe entenderse que se ha generado el derecho, igual que si se tratara de un matrimonio entre personas de distinto sexo.

El 6 de marzo de 2012, José Alberto Gómez Barroso contrajo matrimonio en el Distrito Federal.José Alberto solicitó la inscripción de su esposo al IMSS. Acudió a la Clínica Familiar 7 de la Unidad Habitacional San Bartolo, en Cholula, Puebla.La Jefatura de Afiliación y Cobranza del IMSS le negó el registro. Argumentó que la Ley del Seguro Social no contempla el registro de matrimonios del mismo sexo.

Inconforme, José Alberto presentó una queja por discriminación sexual ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) y un juicio de amparo en contra del IMSS.Este miércoles, por mayoría de votos, tres a favor y dos en contra, la Suprema Corte resolvió el juicio.

A propuesta del ministro Fernando Franco, la segunda Sala amparó a José Alberto para que el IMSS inscriba a su esposo en los servicios de salud.El amparo le fue otorgado post mortem; José Alberto falleció el año pasado.

El ministro Franco indicó que "haciendo una interpretación conforme y sistemática de la Ley del Seguro Social debe entenderse...que se ha generado el derecho, igual que si se tratara de un matrimonio de personas de distinto sexo".

Esta es la primera ocasión que la Suprema Corte otorga un amparo a una persona fallecida.Con el amparo, el esposo de José Alberto tendrá que ser dado de alta en el IMSS y podrá solicitar, entre otras cosas, una pensión por viudez.
Fuente: informador.com.mx

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